La vida soñada de los argumentos deductivos.[1]
The dreamlife of deductive arguments
Hubert Marraud González
Universidad Autónoma de Madrid
Madrid, España
Fecha de recepción: 02-02-20
Fecha de aceptación: 22-10-20
Marraud González, H. (2019). La vida soñada de los argumentos deductivos.
Quadripartita Ratio: Revista de Retórica y
Argumentación, 4(8), 21-36. ISSN: 2448-6485
[21]
Resumen. Los argumentos pueden clasificarse según el tipo de la
inferencia que proponen o según la razón que aducen. Lo primero lleva a la
clasificación de los argumentos en deductivos, inductivos, etc. y lo segundo a
distinguir diversos esquemas argumentativos. Trataré de mostrar que esas dos
clasificaciones corresponden a concepciones incompatibles de la naturaleza y
funcionamiento de los argumentos. Finalmente, argüiré que, si como dice Wenzel, la pregunta clave de la evaluación lógica es “¿Debemos aceptar esta afirmación por las razones dadas
para sustentarla?”, la utilidad de la primera clasificación para la lógica
es escasa.
Palabras clave. Esquemas argumentativos,
holismo de las razones, principio atomista, teoría de los argumentos, tipos de
inferencia.
Abstract.
Arguments can be classified according to the kind of inference they propose or
according to the reason they adduce. In the first case arguments are classified
as deductive, inductive, and so on, while in the second case many argumentation
schemes are distinguished. I will try to show that these two classifications
embody incompatible conceptions of the nature and function of argument. Finally,
I will argue that if, as Wenzel says, the ultimate question in logical
assessment is "Shall we accept this claim on the basis of the reasons put
forward in support of it?", the inference-based classification of
arguments is of limited interest for logic.
Key
words. Argumentation schemes, atomistic principle, holism
of reasons, inference types, theory of argument.
[22]
1. Introducción.
Hay
propuestas que constituyen el punto de partida obligado de cualquier discusión
de un asunto, por más que sean universalmente criticadas y rechazadas: la
definición del conocimiento como creencia verdadera justificada, o el modelo
nomológico-deductivo de explicación, por ejemplo. La caracterización de los
tres enfoques clásicos en teoría de la argumentación de Wenzel
(1979, 2006) y Habermas (1984) es otra de esas propuestas. Conforme a esa
caracterización la retórica trata de los procesos argumentativos, la dialéctica
de los procedimientos argumentativos y la lógica de los productos de la
argumentación -es decir, de los argumentos. La caracterización de Habermas y Wenzel identifica, pues, la lógica con la teoría de los
argumentos. Dentro de la lógica o teoría de los argumentos podemos distinguir
dos grandes áreas: la analítica y la crítica. La primera trata de la
naturaleza, estructura y tipología de los argumentos, mientras que la segunda
tiene encomendada la búsqueda de estándares y criterios para la crítica y la
evaluación de argumentos. Ralph Johnson (2000: 39) menciona como cuestiones
propias de la analítica las siguientes:
(1)
¿Cuál es la naturaleza y
función de los argumentos?
(2)
¿Qué tipos de argumentos
hay?
(3)
¿Cuándo está justificada
la adición de elementos no explícitos en la reconstrucción de un argumento?
(4)
¿Cómo hay que definir o
entender los argumentos?
(5)
¿Cuál es la relación
entre argumentos e inferencias?
Y
como cuestiones propias de la crítica estas otras (Johnson 2000: 40):
(6)
¿Cuáles son los
estándares adecuados para valorar los argumentos?
(7)
¿De qué manera repercuten
la personalidad y las creencias del argumentador y de la audiencia en los
méritos de un argumento?
(8)
¿Es la verdad de las
premisas una exigencia excesiva para la solidez de un argumento?
(9)
¿Hay diferencias
importantes entre evaluar y criticar un argumento?
(10) ¿Cuáles
son las virtudes lógicas de un argumento? ¿Qué cualidades hacen de un argumento
un buen argumento?
(11) ¿En
qué consiste una crítica provechosa de un argumento?
El
propósito inicial de este artículo es clarificar las posibles respuestas a la
pregunta (2). Claro está que, como todas estas preguntas están entrelazadas, al
hacerlo tendré que hacer referencia a las demás.
2. ¿Qué tipos de argumentos hay?
La
pregunta que pretendo abordar, tal y como está formulada, es demasiado amplia.
Entenderé, para empezar, que lo que se pregunta es cómo se deben clasificar los
argumentos. Si es así, la respuesta dependerá del propósito de la clasificación.
La analítica está, en un cierto sentido, subordinada a la crítica, porque, como
señala Wenzel, la lógica (es decir, la teoría de los
argumentos)
Es
una visión retrospectiva que se activa cuando alguien adopta una actitud
crítica y “dispone” un argumento para su inspección y evaluación. […] Esas
versiones de los argumentos, reconstruidos con fines críticos, son el objeto de
la evaluación lógica. Así las preocupaciones distintivas de la perspectiva
lógica se refieren a las técnicas para representar un argumento de una manera
que facilite la crítica y responda a los estándares de evaluación (2006: 17; mi
traducción).
Adviértase
que la cita comporta que los argumentos, que Wenzel
define como productos de la argumentación, son más bien productos de la crítica
y la evaluación. Pero volviendo a lo que ahora nos interesa, de esta cita se
desprende que una tipología lógica apropiada de los argumentos debe
clasificarlos con vistas a su evaluación; esto es, debe agrupar los argumentos
en función de los estándares [23] apropiados para su evaluación. Si, como
también dice Wenzel, la pregunta clave de la
evaluación lógica es «¿Debemos aceptar esta afirmación por las razones dadas
para sustentarla?», una clasificación lógica de los argumentos es también, de
algún modo, una clasificación de las razones.
Ahora
puedo precisar la pregunta a la que trato de responder: atendiendo a los estándares
apropiados para juzgar si el receptor debe aceptar la conclusión por la razón
aducida, ¿qué tipos de argumentos hay? Por lo que sé, hay cuatro respuestas
posibles a esa pregunta. En primer lugar, se podría responder que hay
argumentos simples y compuestos y distintos modos de composición de argumentos
(encadenamiento, refuerzo, oposición, etc.). Para acotar un poco más mi
investigación, voy a reformular la pregunta que intento contestar como “¿Qué
tipos de argumentos simples hay?”. Por “argumento simple” entiendo aquél
que no tiene partes que a su vez sean argumentos. Aunque esto puede no ser
totalmente preciso, me permite desentenderme de esta segunda clasificación.
En
segundo lugar, se puede clasificar los argumentos según su conclusión,
dividiéndolos en fácticos, prácticos y valorativos. La idea es que la
conclusión de un argumento fáctico equivale a una aserción sobre hechos, la
conclusión de un argumento práctico a un directivo que recomienda o desaconseja
un curso de acción, y la conclusión de un argumento valorativo a un juicio de
valor, que atribuye a algo una cualidad ética, estética, etc. Aunque la
distinción entre razón teórica y razón práctica está firmemente asentada, y con
ella la idea de que los criterios aplicables en uno y otro dominio son
diferentes, la tripartición de los argumentos y las razones en fácticas,
prácticas y valorativas, resulta demasiado general. Presumiblemente podemos
distinguir, por ejemplo, varios tipos de argumentos prácticos asociados con estándares
diferentes.
Una
clasificación muy extendida divide a las inferencias y a los argumentos en
deductivos, inductivos, abductivos, etc. de manera que podría responderse que
hay argumentos de cada uno de esos tipos. Como esos términos hacen referencia
al tipo de apoyo que las premisas brindan a la conclusión, la clasificación
parece pertinente para el asunto tratado.
Finalmente,
otra respuesta señalaría que existen patrones o pautas comunes que permiten
establecer una tipología de los argumentos, y hablar de argumentos
sintomáticos, causales, por comparación, etc. Cada uno de esos patrones tiene
sus condiciones de uso y de aplicación, que determinan cuándo y cómo pueden
usarse, y en consecuencia permiten criticar y evaluar ese tipo de argumentos.
En
resumidas cuentas, por “tipos de argumentos” puede entenderse “tipos de
inferencias” o “esquemas argumentativos”. En lo que sigue examinaré los méritos
y deméritos de estas dos propuestas.
3. Tipos de inferencias.
En
lógica y epistemología se suele distinguir al menos entre argumentos deductivos
e inductivos, pudiendo añadirse otras categorías como los argumentos abductivos,
los analógicos o los presuntivos. El fundamento de esta clasificación
tradicional es que los argumentos proponen inferencias y las inferencias pueden
clasificarse según los estándares empleados para tenerlas por justificadas. Por
“inferencia” hay que entender aquí la extracción de una conclusión a partir de
un conjunto de datos. No obstante, la clasificación lógica tradicional de los
argumentos no se basa en las características del proceso psicológico de
extracción de consecuencias, sino en la naturaleza del vínculo entre los datos
y la conclusión. En consonancia, se dice que la conclusión “se sigue” de las
premisas o que es una consecuencia de ellas, haciendo abstracción del sujeto
que realiza la inferencia.
Un
argumento pertenece a una de esas categorías si entre sus premisas y su
conclusión media una determinada relación de consecuencia. Los lógicos han
propuesto conjuntos de criterios para juzgar si en un caso particular se da o
no la correspondiente relación de consecuencia; así, los argumentos deductivos
se reconocen por su forma. Un inconveniente de este modo de abordar la cuestión
es que [24] identifica argumento deductivo con buen argumento deductivo. Dado
que no hay acuerdo sobre la naturaleza de las inferencias inductivas ni sobre
los criterios apropiados para evaluarlas, no está claro que esa identificación
se dé en el caso de los argumentos inductivos.
Quizá
fuera mejor hablar de una familia de clasificaciones, puesto que no hay acuerdo
en qué categorías la integran ni en cómo se define cada una de ellas. El
concepto de argumento inductivo es especialmente elusivo; a veces significa
simplemente “argumento no deductivo” y otras designa un tipo particular de
argumento no deductivo. Para mis propósitos me basta con asumir que, en todo
caso, en un argumento inductivo la relación entre las premisas y la conclusión
determina que si las premisas son verdaderas, es
probable que la conclusión sea verdadera.
Muchos
autores explican la clasificación en términos de la seguridad de la inferencia,
que puede expresarse con calificadores modales. Así en una inferencia deductiva
la conclusión se sigue necesariamente de las premisas, en una inferencia
inductiva se sigue solo probablemente, y en una inferencia abductiva tan
solo se sigue plausiblemente (Walton 2001, Bermejo-Luque 2011, Douven 2017). Este recurso a los calificadores modales
permite dar cuenta de los malos argumentos. Sin entrar en detalles, podríamos
decir que los argumentos de la forma A, si A necesariamente B; por tanto, B
son deductivos, y que uno de esos argumentos es válido si, efectivamente, B
puede inferirse necesariamente de A. Del mismo modo, los argumentos de la forma
A, si A probablemente B; por tanto, B son inductivos, y que uno de esos
argumentos es válido si B puede inferirse probablemente de A, y así
sucesivamente.[2]
Resumiendo,
los términos “deductivo”, “inductivo”, etc. se pueden entender como términos
normativos, que hacen referencia a los criterios de evaluación asociados con un
tipo de argumentos, o como términos que hacen referencia a la fuerza de la
inferencia propuesta. El sentido básico es el primero, porque en la finalidad
de los criterios de evaluación de cada categoría es determinar si entre las
premisas y la conclusión se da la relación requerida, y la fuerza probatoria del
argumento sería un efecto de esa relación.
4. Esquemas
argumentativos.
Los
esquemas argumentativos son patrones comunes y estereotipados de argumentación.
Aunque muchos autores consideran “común” y “estereotipado” como si fueran
equivalentes, esos dos adjetivos se refieren a aspectos diferentes. El primero,
“común”, hace referencia a la frecuencia con la que se presentan esas pautas en
las prácticas argumentativas, algo que corresponde determinar al estudioso de
esas prácticas. El segundo, “estereotipado”, se refiere a la capacidad de los
practicantes para reconocer esos patrones. Aunque esa capacidad puede verse
estimulada por la aparición frecuente de una pauta de argumentación, hay muchos
otros factores que pueden hacer que una pauta sea prominente. Echando mano de
una distinción de Ralph Johnson (2000: 219), podríamos decir que, referidos a
las pautas de argumentación, el adjetivo “común” pertenece a la evaluación de
argumentos, mientras que el adjetivo “estereotipado” pertenece a la crítica de
argumentos, en tanto que “la crítica es parte del proceso dialéctico, mientras
que la evaluación no lo es” (ibid.).
El
modo más prometedor de entender los esquemas argumentativos, a mi juicio, es
como tipos de razones: «Los esquemas argumentativos, tal y como se estudian en
teoría de la argumentación, son una manera de especificar tipos significativos
de razones para construir argumentos» (van Eemeren et
al. 2014: 640; mi traducción). Argumentar es presentar algo a alguien como una
razón para otra cosa, y por ello quien afirma P por tanto C da a
entender que P es o expresa una razón para C.[3]
Cuando esa pretensión es cuestionada, se [25] puede requerir al argumentador
que explique qué es lo que, supuestamente, hace de P una razón para C.
La clasificación de las respuestas comunes a ese tipo de preguntas da lugar a
una clasificación de los argumentos simples en esquemas argumentativos.[4]
Hay muchas y muy variadas clasificaciones de los esquemas argumentativos, que
van desde la distinción tripartita de los pragmadialécticos
(argumentos causales, argumentos sintomáticos y argumentos por comparación),[5]
hasta los 60 esquemas, con sus subtipos, de Walton, Reed y Macagno
(2008), pasando por los 36 esquema de la versión 2.4 de la tabla periódica de
los argumentos de Jean Wagemans.
Como
ilustración, veamos cómo se describe un esquema argumentativo. Los argumentos doxásticos o basados en la opinión invitan a inferir algo
porque otros lo aseveran o lo creen; de ese modo, se toma la opinión de algunos
como indicio de la existencia de buenas razones para algo. Los argumentos doxásticos siguen el patrón: S dice que C por tanto C
porque la opinión de S es una opinión cualificada en la materia. Para
prevenir confusiones, hay que subrayar que esta no es una descripción de la forma
de este tipo de argumento, sino su patrón, en su acepción de “modelo que sirve
de muestra para sacar otra cosa igual” (DLE). Se pueden distinguir distintos
subtipos de argumentos doxásticos, según la
cualificación de los opinantes: autoridad, pericia, testimonio, tradición,
carácter, consenso, etc. La evaluación de los argumentos doxásticos
se realiza por medio de una lista de preguntas críticas. (Más adelante se indicará
cómo cumplen esa función las preguntas críticas).
PC1.
¿Se trata de una cuestión que puede resolverse mediante una opinión
cualificada?
PC2.
¿Es posible, en principio, acceder directamente a las razones en las que los
declarantes basan su opinión?
PC3.
¿En qué se basa la atribución a S de la opinión C?
PC4.
¿La atribución a S de la creencia C es consistente con su conducta?
PC5.
¿Cuál es la cualificación de S y cuáles las razones para atribuírsela?
PC6.
¿Tiene S algún interés particular en esta cuestión que pueda sesgar su opinión?
PC7.
¿Cuándo S declaró que C estaba siendo coaccionado de algún modo?
PC8.
¿Coincide la opinión de S con las demás opiniones autorizadas sobre el
particular?
PC9.
¿Es C consistente con las pruebas materiales disponibles?
Cuando
se desciende a los subtipos, pueden añadirse nuevas preguntas críticas más específicas.
En resumen, la clasificación de los esquemas argumentativos es una
clasificación de los tipos de razones justificativas que invocamos.
5. Tipos de inferencias y esquemas argumentativos.
¿Qué
relación hay entre la clasificación inferencial de los argumentos y los
esquemas argumentativos? Para algunos los distintos tipos inferenciales
proporcionan una primera división general de los argumentos que los esquemas
argumentativos vienen a completar, distinguiendo subtipos, bien dentro de cada
una de esas categorías generales, bien dentro de alguna de ellas. Esto es, para
algunos autores los argumentos se dividen en deductivos, inductivos, etc. y se
pueden distinguir diferentes esquemas deductivos, inductivos, etc.
Los
esquemas argumentativos son formas de argumentos (estructuras de inferencia)
que representan la estructura de tipos comunes de argumentos usados en el
discurso cotidiano y también en contextos especiales como la argumentación
jurídica y [26] la argumentación científica. Incluyen las formas argumentales
deductivas e inductivas con las que ya estamos familiarizados en lógica. Pero
también representan formas argumentales que no son ni deductivas ni inductivas,
sino que pertenecen a una tercera categoría de argumentos, llamados a veces por
defecto, presuntivos o abductivos. (Walton, Reed y Macagno,
2008: 1; mi traducción).
Aunque, como ya se ha
dicho, no hay una clasificación comúnmente admitida de las inferencias, la
asimilación que hacen Walton, Reed y Macagno de los
argumentos por defecto, los argumentos presuntivos y los argumentos abductivos
es gratuita y confusa. La pretensión que expresa un argumento por defecto es
que, en ausencia de cierta información, la conclusión puede inferirse de las premisas,
mientras que un buen argumento presuntivo es aquel que crea una presunción a
favor de su conclusión, haciendo recaer la carga de la prueba sobre quien
quiera cuestionarla. Los conceptos de presunción y carga de la prueba son
dialécticos, de manera que el carácter presuntivo de un argumento depende de
las reglas convencionales que rigen el intercambio argumentativo. Por el
contrario, la definición de argumento por defecto no menciona ningún concepto
dialéctico. Finalmente, una inferencia abductiva es aquella que depende del
supuesto de que la conclusión da una explicación de las premisas, por lo que
esta categoría poco tiene que ver con las otras dos.
También podría mantenerse
que, al revés, el mismo esquema argumentativo tiene instancias deductivas,
inductivas y abductivas, como hace Hansen. Para Hansen los tipos de argumentos
son "ilativamente neutrales" y el mejor modo de clasificarlos es
atendiendo al tipo de razones ofrecidas (Hansen 2020: 348 y 353).[6]
Considérese el argumento
siguiente:[7]
(A1)
El testigo ha
declarado que dejó el turismo a "El Nani" después de que se lo
pidiera prestado reiteradamente y que lo hizo a cambio de medio gramo de
cocaína |
Por tanto |
El testigo dejó el
turismo a "El Nani”, a cambio de medio gramo de cocaína, después de que
se lo pidiera prestado reiteradamente |
Este
argumento es fácilmente reconocible como un argumento basado en el testimonio. Eso
quiere decir que cualquiera lo consideraría análogo a este otro argumento (es
decir, del mismo “tipo lógico”):[8]
(A1’)
Hatem Bejit, director de la
oficina del expresidente sudanés Omar al Bashir,
afirmó haber entregado al depuesto mandatario 25 millones de dólares enviados
por el príncipe heredero de Arabia Saudíta,
Mohammad Bin Salman Al Saud |
Por tanto |
Hatem Bejit entregó a Omar
al Bashir, 25 millones de dólares enviados por el
príncipe heredero de Arabia Saudíta, Mohammad Bin Salman Al Saud |
Si
se entiende que esas categorías hacen referencia a la fuerza atribuida a la
inferencia propuesta, ese argumento puede presentarse como un argumento
deductivo (A2), inductivo (A3) o abductivo (A4), añadiendo como premisa el
condicional asociado a (A1) y usando los calificadores modales pertinentes.[9]
[27]
(A2)
El testigo ha
declarado que dejó el turismo a "El Nani", a cambio de medio gramo
de cocaína, después de que éste se lo pidiera prestado reiteradamente. Necesariamente,
si el testigo ha declarado que dejó el turismo a "El Nani", a
cambio de medio gramo de cocaína, después de que se lo pidiera prestado
reiteradamente, entonces sucedió así |
Por tanto |
Con toda seguridad el
testigo dejó el turismo a "El Nani", a cambio de medio gramo de
cocaína, después de que éste se lo pidiera prestado reiteradamente |
(A3)
El testigo ha
declarado que dejó el turismo a "El Nani", a cambio de medio gramo
de cocaína, después de que éste se lo pidiera prestado reiteradamente. Probablemente,
si el testigo ha declarado que dejó el turismo a "El Nani", a
cambio de medio gramo de cocaína, después de que se lo pidiera prestado
reiteradamente, entonces sucedió así |
Por tanto |
Es probable que el
testigo dejara el turismo a "El Nani", a cambio de medio gramo de
cocaína, después de que éste se lo pidiera prestado reiteradamente |
(A4)
El testigo ha
declarado que dejó el turismo a "El Nani", a cambio de medio gramo
de cocaína, después de que éste se lo pidiera prestado reiteradamente. Plausiblemente,
si el testigo ha declarado que dejó el turismo a "El Nani", a
cambio de medio gramo de cocaína, después de que se lo pidiera prestado
reiteradamente, entonces sucedió así |
Por tanto |
Es plausible que el
testigo dejara el turismo a "El Nani", a cambio de medio gramo de
cocaína, después de que éste se lo pidiera prestado reiteradamente |
(Es
interesante constatar que en A2 el calificador modal “con toda seguridad”
requiere un verbo en indicativo, mientras que en A3 y A4 los calificadores “es
probable” y “es plausible” requieren un verbo en subjuntivo). La tendencia de
autores como Walton a clasificar los argumentos basados en el testimonio como
abductivos (en el laxo sentido de la cita anterior de Walton, Reed y Macagno 2008) proviene del convencimiento de que un
argumento como (A1) solo puede ser válido interpretado como (A4). Pero una cosa
es qué pretenda el argumentador y otra que esa pretensión esté fundada.
En
realidad, la clasificación de los argumentos en deductivos e inductivos desliga
argumentos y razones, y si es así, poco o nada tiene que ver con el análisis
por medio de esquemas argumentativos, que intenta identificar el tipo de razón
aducida. Para mostrarlo, consideremos un caso análogo al que venimos
discutiendo. En esta ocasión un testigo ha declarado que la relación entre un padre
y su hija era buena. Supongamos que de hecho lo era. En tal caso las premisas el
testigo ha declarado que la relación entre padre e hija era buena, y si
el testigo ha declarado que la relación entre padre e hija era buena, entonces
la relación entre padre e hija era buena son verdaderas. Por tanto, el
argumento (A5) es sólido (es decir, es un argumento válido con premisas
verdaderas):
(A5)
El testigo ha
declarado que la relación entre padre e hija era buena. Si el testigo ha
declarado que la relación entre padre e hija era buena, entonces la relación
entre padre e hija era buena |
Por tanto |
La relación entre
padre e hija era buena |
[28]
Sin embargo, si la declaración del testigo se debiera a alguna confusión acerca
de la identidad del padre o de la hija, no diríamos que es una razón para creer
que la relación entre padre e hija era buena.[10]
Esto es, el hecho de que el testigo haya incurrido en una confusión hace que su
declaración no sea una razón para creer que la relación entre padre e hija era
buena, pero no invalida el argumento, puesto que la conclusión todavía se sigue
de las premisas.
Otra
manera de argumentar que “deductivo”, “inductivo” y similares no se refieren al
tipo de razón ofrecida es esta. El argumento (A1) aparece en un contexto en el
que el destinatario debe decidir si creer que el testigo prestó su coche a
"El Nani" a cambio de medio gramo de cocaína o no, basándose en su testimonio.
La conclusión Es probable que el testigo dejara su turismo a "El
Nani" a cambio de medio gramo de cocaína solo es pertinente para esa
decisión si puede ser una razón para creer que lo hizo. Pero este paso depende
de consideraciones pragmáticas relativas a la justificación para usar ese tipo
de razones en esa ocasión particular con ese propósito concreto. En general no
hay nada irracional en admitir que A hace probable B y al mismo
tiempo rechazar B (es decir, negar que A sea una razón
concluyente para B). El problema no es solo, como a veces se dice, que
la inferencia de B a partir de A y si A probablemente B
sea revisable a luz de nueva información, sino que no es inmediata. Esas
premisas permiten inferir es probable que B, y el paso de es probable
que B a B depende de consideraciones pragmáticas relativas a cómo, cuándo
y para qué se invoca una razón de un cierto tipo.
Si
preguntáramos por qué la declaración de los testigos en (A1) y (A1’) es una
razón para creer que efectivamente las cosas sucedieron como dicen, la
respuesta podría ser que lo es en la medida en la que su testimonio se
considera digno de crédito.[11]
Este es un presupuesto de cualquiera que argumente a partir de un testimonio, y
por ende de esta manera de argumentar. Cuando clasificamos un argumento como un
argumento basado en el testimonio, estamos diciendo que el paso de las premisas
a la conclusión descansa en ese presupuesto, que constituye por ello el
fundamento de la razón aducida. Por el contrario, la premisa adicional de (A2),
(A3) y (A4) no responde a esa pregunta. El papel del condicional en esos
argumentos es hacer explícito un compromiso ya contenido en el “por tanto” para
poder calificarlo modalmente.
Si,
como acabamos de ver, un buen argumento deductivo (o inductivo) puede no dar
una buena razón para aceptar su conclusión, decir que un argumento es válido no
responde a la pregunta “¿Se debe aceptar la conclusión por la razón aducida?”,
y en tal caso, la clasificación inferencial de los argumentos tiene una
utilidad limitada para la lógica.
6. Razonamiento revisable.
Consideraciones
como las precedentes llevan a otros autores (o incluso a los mismos en otras
ocasiones) a mantener que, si bien hay argumentos deductivos, e inductivos, los
esquemas argumentativos pertenecen a una tercera categoría. Así, se puede
mantener que los argumentos deductivos simples se clasifican atendiendo a la
regla de inferencia que permite el paso de las premisas a la conclusión (modus
ponens, silogismo disyuntivo, simplificación, etc.) mientras que los
argumentos de esa tercera categoría se clasifican según el esquema
argumentativo instanciado (de autoridad, por las consecuencias, de fines a
medios, basados en normas, etc.): «Los esquemas argumentativos son patrones
estereotipados de razonamiento revisable que se presentan con frecuencia
en los argumentos comunes, cotidianos» (Walton y Godden
[29] 2007: 268; las cursivas son mías). Aclaremos, para interpretar esta cita,
que los razonamientos son inferencias en las que se extrae conscientemente una
conclusión a partir de un conjunto de datos.
Una primera cuestión es si razonamiento revisable
es una categoría comparable a, o complementaria con,
las de razonamiento deductivo e inductivo, como pretenden van Eemeren et al. entre otros:
Los
esquemas argumentativos pueden entenderse como análogos a las reglas de
inferencia de la lógica clásica. […] Mientras que las reglas lógicas de
inferencia, como el modus ponens, son abstractas, estrictas, y tenidas
(normalmente) por universalmente válidas, los esquemas argumentativos son
concretos, revisables y contextuales. (van Eemeren et
al. 2014: 640-641; mi traducción).
Una
segunda cuestión es si se puede entender A es una razón para B como B
se puede inferir tentativamente de A.
Hay
múltiples tratamientos lógicos del razonamiento por defecto[12],
así que conviene precisar qué vamos a entender por “consecuencia revisable”.
Tradicionalmente se asume que la validez de un argumento depende solo de la
relación entre sus premisas y su conclusión, que son los componentes de un
argumento. Por eso se habla de “relación de consecuencia lógica”. Los adjetivos
“deductivo” e “inductivo” se refieren, justamente, a patrones de relación entre
las premisas y la conclusión, es decir, a relaciones de consecuencia. En las
páginas precedentes he tratado de mostrar que para que las premisas expresen
una buena razón para la conclusión deben darse algunos factores contextuales,
distintos de las premisas y la conclusión. Si es así, y si un buen argumento es
el que da una buena razón, entonces los criterios de evaluación de argumentos
tienen que ir más allá de la relación premisas-conclusión, y no pueden ser puramente
inferenciales.
Si
se acepta este diagnóstico, se puede reaccionar de dos maneras. La reacción
revisionista consiste en admitir que los argumentos tienen componentes
distintos de las premisas y la conclusión, y mantener que la validez de un
argumento depende de sus componentes y de su disposición. La reacción holista
admite, sin más, que la validez de un argumento depende de factores
contextuales que no son componentes del argumento.
La
idea de que las condiciones de validez de los esquemas argumentativos -que son, recuérdese, maneras de
especificar tipos de razones-
pueden analizarse en términos de inferencia revisables depende del éxito de la
estrategia revisionista. Argumentaré que el razonamiento revisable es
equiparable al razonamiento deductivo y al razonamiento inductivo si su
análisis es compatible con el principio atomista, y que, si lo es, A es una
razón para B no puede entenderse como B se puede inferir tentativamente
de A.
7. El principio atomista.
La pregunta clave de la evaluación lógica (es
decir, de la teoría de los argumentos) es, como ya se ha dicho, “¿Debemos
aceptar esta afirmación por las razones dadas para sustentarla?”. Si es así, la
evaluación lógica gira en torno a una decisión y no a una relación entre
unidades semánticas. Que las premisas hagan probable la conclusión no es una
razón que por sí misma justifique la decisión de aceptar o rechazar una aserción. C es una
consecuencia lógica de P no es equivalente a P es una razón para C, por mucho que se
debilite el concepto de consecuencia lógica. Sin ir más lejos, como bien señala
Pinto (2011), que las premisas justifiquen la aceptación de la conclusión en
una situación dada depende no solo del apoyo que estas puedan brindarle, sino
también de las consecuencias de acertar o equivocarse.
Los
criterios de evaluación de los argumentos deductivos e inductivos (véase §.3) asumen
el siguiente principio:
[30]
Principio atomista. En lo que concierne a las propiedades lógicas, toda
la información relevante para evaluar un argumento está contenida en sus
premisas, explícitas e implícitas.
Por
“propiedades lógicas” hay que entender aquí las que se refieren a la validez
del argumento. Aunque es difícil definir las propiedades lógicas sin tomar
partido por alguna concepción de la lógica, aquí bastará con señalar que la
validez lógica hace abstracción del estatus de las premisas. El principio
atomista es el responsable de que las reconstrucciones lógicas comunes de (A1)
añadan, como una premisa implícita, el condicional asociado. En el caso más
simple, la adición del condicional da al argumento resultante la forma de un modus
ponens y lo convierte en válido.
La
necesidad de contar con una categoría distinta de deductivo e inductivo para
acomodar los esquemas argumentativos proviene de la asunción de un buen
argumento es el que da una buena razón para su conclusión. Las razones, a diferencia de la consecuencia lógica,
parecen sensibles al contexto. Así, en una situación en la que hay razones
para dudar de la veracidad del testimonio, la declaración del testigo no es una
razón para creer que le prestó el coche a “El Nani”, mientras que en otro en el
que no hay ninguna razón para hacerlo, sí lo es. La idea
de una relación de consecuencia revisable surge del intento de incorporar esos
factores contextuales en una relación de consecuencia lógica. Por ello David Israel (1980) acusa a los lógicos revisables de
confundir la lógica (es decir, el estudio de las relaciones de consecuencia) con
la epistemología.
Los
factores contextuales de los que depende que algo sea una razón para otra cosa se
entienden con frecuencia como excepciones.
En los trabajos recientes, el término razonamiento
revisable se ha circunscrito típicamente a inferencias basadas en
generalizaciones toscas e inmediatas, sujetas a excepciones; es decir, en las
que se infiere lo que ha sucedido o lo que sucederá a partir de los que normalmente
sucede. Este sentido más restringido de razonamiento revisable […] excluye
de este campo de estudio otras formas de razonamiento no deductivo, como la
inferencia de la mejor explicación, la abducción, el razonamiento analógico y
la inducción científica (Koons 2017: 1;
mi traducción).
El
resultado es que las reglas de la forma: de A y de Si A entonces B puede
inferirse B son sustituidas por reglas de la forma: de A y de Si A
entonces B puede inferirse B a no ser que E. La incorporación de
excepciones es compatible con el principio atomista, siempre y cuando se puedan
especificar todas las excepciones posibles. En este sentido, las lógicas
revisables son intentos de “descontextualizar” las razones.
Sin
entrar en detalles, hay tres maneras fundamentales de conciliar el principio
atomista con el reconocimiento de excepciones, es decir, tres estrategias de
descontextualización.
(a)
Tratar las excepciones
como premisas de un tipo especial; por ejemplo, no se sabe que E.
(b)
Incorporar las
excepciones en la conclusión: A y si A entonces B, por tanto, B, a menos que
E.
(c)
Usar un calificador modal
para las inferencias por defecto: A y si A entonces B, por tanto, lo normal
es que B.
Las
limitaciones de estas estrategias salen a la luz cuando los esquemas
argumentativos se interpretan como patrones de inferencia revisables.
8. Interpretación atomista de los esquemas argumentativos.
La
interpretación corriente de los esquemas argumentativos los ve como patrones de
inferencia revisable, compatibles con el principio atomista. Las dificultades
de la interpretación atomista de los esquemas argumentativos se manifiestan en
dos problemas, o grupos de problemas, que afectan a cualquier intento de
descontextualizar las razones, y por ende la evaluación de los argumentos, para
cumplir con el principio atomista. El primero es que puede
resultar imposible especificar todos los [31] factores relevantes para
determinar, en cualquier situación, si una consideración es o no una razón para
algo. El segundo es que los análisis atomistas de los argumentos multiplican de
forma implausible las razones y los argumentos, o asimilan factores
contextuales distintos entre sí, como las condiciones y los modificadores. En
esta sección expondré la primera y en la siguiente la segunda.
Walton,
Reed y Macagno adoptan la estrategia de descontextualización
(a). Siguiendo sus explicaciones (2008: 90), el argumento (A1) debería analizarse
así:
(A6)
El testigo ha
declarado que dejó el turismo a "El Nani" después de que se lo
pidiera prestado reiteradamente y que lo hizo a cambio de medio gramo de
cocaína. El testigo puede saberlo. El testigo no está mintiendo. |
Por tanto |
Es plausible que el testigo
dejara el turismo a "El Nani”, a cambio de medio gramo de cocaína,
después de que se lo pidiera prestado reiteradamente |
Aunque
el número de premisas puede parecer crecido, teniendo en cuenta las preguntas
críticas para los argumentos doxásticos, aún deberían
añadirse más para cumplir con el principio atomista.[13]
(A7)
El testigo ha
declarado que dejó el turismo a "El Nani" después de que se lo
pidiera prestado reiteradamente y que lo hizo a cambio de medio gramo de
cocaína. El testigo puede saberlo. El testigo no está mintiendo. La cuestión
de si alguien le prestó o no su coche a otro se puede resolver por medio de
un testimonio. La afirmación del testigo es consistente con su conducta. El
testigo no tiene ningún interés personal en el caso que sesgue su
declaración. La declaración del testigo no se contradice con las de los demás
testigos. La declaración del testigo es consistente con las pruebas
materiales disponibles. |
Por tanto |
Es plausible que el
testigo dejó el turismo a "El Nani”, a cambio de medio gramo de cocaína,
después de que se lo pidiera prestado reiteradamente |
Con
un poco de ingenio es posible añadir otras premisas, como por ejemplo que el
testigo no estaba bajo la influencia de estupefacientes el día de autos.
Del
hecho de que el número de factores pertinentes para evaluar una razón en una
situación determinada no parezca estar fijado de antemano,[14]
se deriva una segunda dificultad. Demos por bueno que la identidad de un
argumento viene determinada por cuáles sean sus premisas y cuál su conclusión. Según
el principio atomista las premisas de un argumento, explícitas e implícitas,
incluyen todos los factores pertinentes para evaluarlo. Por tanto, si no es
posible identificar todos esos factores, tampoco es posible individualizar un
argumento.
Esta
dificultad afecta obviamente a la estrategia de descontextualización (a). En
cuanto a (b), convertiría (A6) en
(A8)
El testigo ha
declarado que dejó el turismo a "El Nani" después de que se lo
pidiera prestado reiteradamente y que lo hizo a cambio de medio gramo de
cocaína |
Por tanto |
Es plausible que el
testigo dejó el turismo a "El Nani”, a cambio de medio gramo de cocaína,
después de que se lo pidiera prestado reiteradamente, a no ser que el testigo
no esté en disposición de saberlo o esté mintiendo |
De
esta manera, si el número de factores pertinentes no está fijado de antemano,
se pasa de un conjunto indefinido de premisas a una conclusión abierta. Pero
mover el polvo de un sitio a otro no es limpiar la [32] casa. Por otra parte,
un argumento como (A1) suele usarse en un contexto en el que lo que trata de
establecer es si el testigo le dejó su coche a “El Nani” o no. (A8) solo es
pertinente en ese contexto si se acepta una regla como: de B a menos que E y
no hay razones para creer que E se puede concluir B, que nos
devuelve a la estrategia (a) que acabamos de criticar.
La
estrategia de descontextualización (c) proporciona una representación más
elegante, similar a (A2)-(A4)
(A9)
El testigo ha
declarado que dejó el turismo a "El Nani" después de que se lo
pidiera prestado reiteradamente y que lo hizo a cambio de medio gramo de
cocaína |
Por tanto |
Normalmente, el
testigo dejó el turismo a "El Nani”, a cambio de medio gramo de cocaína,
después de que se lo pidiera prestado reiteradamente |
La
conclusión de (A9) no “suena” bien. Eso sugiere que (A9) no es en realidad análogo
a (A2)-(A4), y de hecho resulta difícil situar
“normalmente” en una escala de fuerza necesariamente > probablemente >
plausiblemente. La lectura más natural es: en condiciones normales, se
puede inferir que el testigo dejó el turismo a "El Nani”, a cambio de
medio gramo de cocaína, después de que se lo pidiera prestado reiteradamente.
Así, para poder concluir que el testigo hizo eso, hay que determinar si la
declaración se produce en condiciones normales. Los factores de los que depende
que algo se considere “normal” son múltiples y heterogéneos, por lo que resulta
dudoso que se puedan enumerar completamente.
Sin
embargo, si quisiéramos dar una regla en este caso, contendría la expresión «en
circunstancias normales». Y aunque reconocemos las circunstancias normales, no
podemos describirlas con exactitud. Como mucho, podríamos describir una serie
de circunstancias anormales. (Wittgenstein 2009, §.27)
Otro inconveniente de la estrategia
revisionista es que multiplica las razones sin necesidad. Ralph Bader (2016) distingue dos tipos de consideraciones que,
sin ser razones por sí mismas, afectan a la naturaleza y al peso de las
razones, y que llama “condiciones” y “modificadores”, respectivamente. Una
condición es un factor cuya presencia o ausencia es necesaria para que la
consideración aducida sea una razón para la conclusión. Por ejemplo, que el
testigo no declarase bajo amenaza es una condición del argumento (A1). Un
modificador es un factor cuya presencia o ausencia aumenta o disminuye el peso
de la razón aducida. Por ejemplo, el hecho de que la declaración del testigo no
contradiga las de otros testigos refuerza el argumento (A1).
Siguiendo las estrategias
(a) y (c) de descontextualización, el modificador mencionado permite distinguir
el argumento original:
(A1)
El testigo ha declarado que dejó el turismo a
"El Nani" después de que se lo pidiera prestado reiteradamente y
que lo hizo a cambio de medio gramo de cocaína. |
Por tanto |
El testigo dejó el turismo a "El Nani”, a
cambio de medio gramo de cocaína, después de que se lo pidiera prestado
reiteradamente |
Y el argumento modificado, por adoptar la
terminología de Bader (quien en realidad habla de
razones y no de argumentos).
(A10)
El testigo ha declarado que dejó el turismo a
"El Nani" después de que se lo pidiera prestado reiteradamente y
que lo hizo a cambio de medio gramo de cocaína. La declaración del testigo no
contradice lo declarado por otros testigos |
[33] Por tanto |
El testigo dejó el turismo a "El Nani”, a
cambio de medio gramo de cocaína, después de que se lo pidiera prestado
reiteradamente |
¿Se trata de dos argumentos o de uno solo?
Asumiendo que la identidad de un argumento viene dada (extensionalmente) por
sus premisas y su conclusión, el atomista debe responder que se trata de dos
argumentos distintos, a menos que se pueda alegar que el modificador es una
premisa implícita de (A1). Eso es inverosímil. Imaginemos que el testigo en
cuestión es el primero en declarar, y que un periodista presenta su declaración
como una razón para creer que el testigo prestó su coche a "El Nani” a
cambio de medio gramo de cocaína cuando los demás testigos aún no han declarado.
¿Cómo podría ser una premisa implícita del argumento del periodista algo que todavía
no había sucedido?
Suponiendo que (A1) y
(A10) sean, como pretende el atomista, argumentos distintos, ¿cuál sería su
fuerza relativa? Dado que el modificador refuerza la razón aducida, podría
pensarse que el argumento modificado es más fuerte que el primero. Sin embargo,
sería un error. Un modificador es un hecho que determina el peso de una razón,
y no debe ser confundido con la expresión verbal de eso hecho. El peso de (A1)
en una ocasión dada queda determinado por hechos como si se contradice o no con
otros testimonios, si el relato del testigo es coherente y detallado, etc. La
evaluación del argumento no consiste en nada distinto de la valoración de esas
circunstancias, y por eso la evaluación de los argumentos es siempre
contextual. Así pues, el hecho de que la declaración del testigo sea
consistente con las de los demás testigos refuerza al argumento (A1), no crea
un nuevo argumento más fuerte.
Podría alegarse que la distinción
entre premisas y excepciones propia de la consecuencia revisable sí permite, al
menos, resolver este problema. Podría mantenerse que la identidad de un
argumento depende de cuáles sean sus premisas y cuál su conclusión, y que por
consiguiente la mención de una excepción altera la evaluación del argumento, no
su identidad.
Bader distingue dos especies
de condiciones: activadores y desactivadores. Un activador es un factor que
debe estar presente para que una consideración sea una razón para algo, y un
desactivador un factor cuya presencia hace que una consideración no sea una
razón para algo. Las excepciones son pues desactivadores. La estrategia (b) de
descontextualización está pensada para acomodar las excepciones, y por
extensión las condiciones, y funciona mal cuando hay que tratar con
modificadores. Aplicando esta estrategia, el modificador da lugar a un
argumento que difiere de (A1) por su conclusión.
(A11)
El testigo ha declarado que dejó el turismo a
"El Nani" después de que se lo pidiera prestado reiteradamente y
que lo hizo a cambio de medio gramo de cocaína. |
Por tanto |
El testigo dejó el turismo a "El Nani”, a
cambio de medio gramo de cocaína, después de que se lo pidiera prestado
reiteradamente, a menos que su declaración se contradiga con la de otros
testigos |
Esta estrategia de descontextualización
convierte los modificadores en condiciones. Supongamos que la declaración del
testigo contradijera lo declarado por otros testigos. En tal caso en (A1) la
declaración del testigo seguiría siendo una razón, aunque débil, para aceptar
que el testigo prestó su coche a “El Nani”. Por el contrario, en (A11) el paso
de las premisas a la conclusión depende de la ausencia de esa circunstancia,
por lo que, en el supuesto antedicho, no habría razón alguna. Así, el hecho de
que la declaración del testigo no se contradiga con la de otros testigos
funciona en (A11) como una condición.
10. Una interpretación holista de los esquemas argumentativos
En
la teoría de las razones, el holismo es la tesis de que el contexto es
relevante para determinar si una consideración es una razón para algo o no, y
también [34] para determinar el peso de una razón. En un contexto en el que hay
razones para dudar de la veracidad del testimonio, la declaración del testigo
no es una razón para creer que le prestó el coche a “El Nani”, mientras que en
otro en el que no hay ninguna razón para hacerlo, sí es una razón.
Evidentemente el holismo es incompatible con el principio atomista, puesto que los
factores contextuales, por indeterminado que sea el concepto de contexto, no
incluyen a las premisas del argumento ni a ningún otro componente del mismo. Si
la evaluación de un argumento y de su peso depende del contexto, se necesita
alguna herramienta que ayude a identificar aquellos elementos del contexto que
son relevantes para determinar si la razón aducida lo es realmente. Este es
justamente el papel de las cuestiones críticas que acompañan a cada esquema
argumentativo: apuntar a las condiciones y los modificadores de ese tipo de
razones.
11. Conclusión
Desde
un punto de vista lógico, los argumentos deben clasificarse atendiendo a los criterios
de evaluación que les son aplicables. Si la evaluación lógica trata de
responder, como pretende Wenzel, a la pregunta
“¿Debemos aceptar esta afirmación por las razones dadas para sustentarla?”,
parece que esa clasificación debe ser una clasificación de los tipos de
razones. Por tanto, una clasificación lógica de los argumentos es una
clasificación de los tipos de razones.
He
mostrado que, aunque quizá pueda hablarse de inferencias deductivas,
inductivas, etc. no puede hablarse de razones deductivas, inductivas, etc. Las
razones, a diferencia de las inferencias lógicas, parecen sensibles al
contexto. Otra manera de expresarlo es que el concepto de razón es holista
mientras que el concepto de inferencia lógica es atomista: que A sea una razón
para B depende del contexto; que B sea inferible de A
únicamente de la relación entre A y B.
Las
lógicas revisables surgen del intento de incorporar, como excepciones, factores
contextuales a la evaluación de las inferencias lógicas. He argumentado que,
pese a todo, A es una razón para B no puede analizarse como B se puede inferir
de A, a menos que E1, E2, E3,… Esa estrategia choca
con dos dificultades. La primera es que puede resultar imposible especificar
todos los factores relevantes para determinar, en cualquier situación, si una
consideración es o no una razón para algo. La segunda es que esa estrategia
convierte todos los factores contextuales relevantes para la evaluación de un
argumento y su fuerza en condiciones, borrando la distinción entre condiciones
y modificadores.
La
alternativa a las clasificaciones lógico-inferenciales de los argumentos son
esquemas argumentativos. Estos son especificaciones de razones que proporcionan
una clasificación apropiada de los argumentos, que debe entenderse en un marco
holista, no reductible a los enfoques lógico- inferencialistas
al uso.
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[1] Esta investigación ha sido
financiada por FEDER/ Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades,
Agencia Estatal de Investigación, dentro del Proyecto Prácticas argumentativas
y pragmática de las razones (Parg_Praz), número de referencia PGC2018-095941-B-I00.
[2] Podría decirse entonces
que la lógica deductiva estudia las relaciones de consecuencia necesaria y la
lógica inductiva las relaciones de consecuencia probable.
[3] Presentar razones para
algo y dar razones para algo son cosas distintas. Quien afirma que se debería
expulsar a todos los extranjeros, por ejemplo, da razones para creer que es
xenófobo, pero no presenta esa consideración como una razón para creer que lo
es.
[4] Las garantías del modelo
de Toulmin (2007 [1958]: 132ss.) son respuestas a ese tipo de preguntas. En Marraud
(2020: 173) he defendido que la garantía es una especificación de aquello en
virtud de lo cual algo es una razón para otra cosa.
[5] Véase, por ejemplo, van
Eemeren y Grootendorst (1992: 94–102).
[6] Quiero agradecer a uno de los
revisores que me llamara la atención sobre el artículo de Hansen y la posición
que en él defiende. No obstante, conviene matizar que Hansen, como otros muchos
lógicos informales, usa ‘razones’ y ‘premisas’ como si fueran sinónimos.
[7] S.A., “Un testigo contradice
las versiones de los dos imputados en el Crimen de Ricobayo”. La Opinión de
Zamora, 15/04/2015. https://www.laopiniondezamora.es/zamora/2015/04/15/testigo-contradice-versiones-imputados-crimen/836234.html
[8] “Testigo afirma entregó a Omar al Bashir dinero de Arabia Saudita”, Prensa Latina 14/09/2019. https://www.prensa-latina.cu/index.php?o=rn&id=305595&SEO=testigo-afirma-entrego-a-omar-al-bashir-dinero-de-arabia-saudita
[9] El condicional asociado
con un argumento es el que tiene como antecedente la conjunción de sus premisas
y como consecuente su conclusión.
[10] Este tipo de
contraejemplos recuerdan a los contraejemplos a la definición del conocimiento
como creencia verdadera justificada conocidos como “casos Gettier”. Es
interesante constatar en este contexto que uno de los presupuestos explícitos
de Gettier es “si S está justificado al creer que P, P entraña Q, S deduce Q de
P y acepta Q como resultado de esa deducción, entonces S está justificado al
creer que Q” (Gettier 1963: 121).
[11] Véase van Laar (2015) para
una discusión de los diversos modos de justificar que las premisas están
adecuadamente conectadas con la conclusión.
[12] Véase Koons (2017).
[14]
La
discusión de si se pueden especificar plenamente los factores de los que
depende que algo sea una razón para otra cosa y su fuerza está obviamente
conectada con la discusión de las cláusulas ceteris paribus en filosofía
de la ciencia.