De las siete maneras de contraargumentar
On
the seven ways to counter an argument[1]
Hubert Marraud
hubert.marraud@uam.es
Universidad
Autónoma de Madrid
Madrid,
España
Fecha de recepción: 04-04-17
Fecha
de aceptación: 12-06-17
Marraud, H. (2017).
De las siete maneras de contraargumentar.
Quadripartita Ratio: Revista de Retórica y Argumentación, 2(4), 52-57. ISSN: 2448-6485
[52]
Resumen: Este artículo pretende
dar una definición adecuada de contraargumento y establecer una tipología de
los contraargumentos basada en el modelo de Toulmin.
Esa tipología se basa en un doble criterio: el elemento atacado (premisas,
conclusión o garantía) y la fuerza de la oposición, que puede expresarse usando
un conector argumentativo apropiado. El resultado es una clasificación más
sistemática de los contraargumentos basada en evidencias lingüísticas.
Palabras clave:
Contraargumento, dialéctica, objeción, recusación, refutación.
Abstract: My aim here is to give an adequate definition of counterargument,
establishing a suitable typology of counterarguments grounded on Toulmin’s model. This typology is based on a double
criteria: the attacked element (premises, claim or warrant), and the force or
strength of the attack as expressed by the appropriate argumentative connector.
The result is a more systematic classification of counterarguments, based on
linguistic evidences.
Keywords: Counterargument, dialectics, objection,
rebuttal, refutation.
[53]
La
reemergencia de la teoría de la argumentación en la segunda mitad del siglo XX
está ligada a la recuperación de la dialéctica como disciplina que trata de las
argumentaciones. Por avatares históricos, el término dialéctica ha adquirido en este contexto dos sentidos distintos,
que se confunden con alguna frecuencia. Por una parte, se entiende por dialéctica el estudio de los
procedimientos que gobiernan —o deberían gobernar— los intercambios argumentativos.
Por otra, la dialéctica es aquella parte de la teoría de los argumentos (o
lógica, en sentido lato, según la caracterización de Wenzel,
1990) que trata de las relaciones entre argumentos, y especialmente de las
relaciones de oposición entre argumentos[2].
Es
en el segundo sentido en el que se habla de definiciones dialécticas de
argumento y de argumentación, para referirse a las que remiten a las relaciones
de oposición entre argumentos[3]. Un ejemplo
muy conocido es la definición de Johnson:
Un argumento es un tipo de discurso o texto —el producto de la práctica
de la argumentación— en el que el argumentador trata de persuadir a otro(s) de
la verdad de una tesis dando razones para sustentarla. Además de este núcleo ilativo,
los argumentos poseen un estrato dialéctico en el que el argumentador cumple
sus obligaciones dialécticas (Johnson, 2000: 168) [traducción propia].
En
ese estrato dialéctico el argumentador responde a las objeciones y críticas
previsibles. Otro ejemplo más reciente es la definición de argumentación de
Marianne Doury: “Consideraremos aquí la argumentación
como un modo de construcción del discurso que tiene como finalidad hacerlo más
resistente a la contestación” (2016: 22) [traducción propia].
El concepto
de contraargumento ocupa una posición
central en la dialéctica de los argumentos. La importancia atribuida a las
relaciones entre argumentos y a la contraargumentación
diferencia nítidamente a la teoría de los argumentos de la lógica formal. Mi
propósito en este artículo es dar una definición adecuada de contraargumento y
establecer una tipología de los contraargumentos.
Objeciones, recusaciones y
refutaciones
Argumentar es
presentar a alguien algo como una razón para otra cosa. Por eso la unidad mínima
autónoma de argumentación está compuesta de premisas (el algo de la definición precedente) y de una conclusión (la otra cosa de esa misma definición). Cuando a
alguien se le presenta una razón y no la hace suya, puede reaccionar de alguna
de estas maneras:
(1)Cuestionando
alguna de las premisas: ¿de dónde te sacas eso?
(2)Cuestionando
que realmente se haya dado una razón para la conclusión: ¿eso qué tiene que
ver?
(3)Ofreciendo
otra razón para intentar mostrar que, pese a todo, la conclusión debe ser rechazada:
“Sí, pero…”.
Una
manera de replicar a (2) es ofrecer el principio inferencial
o garantía que supuestamente hace de lo aducido una razón para la conclusión, y
que por tanto autoriza a pasar de las premisas a la conclusión. Toulmin caracteriza las garantías como “enunciados
hipotéticos generales que pueden servir como puentes y autorizar el tipo de
paso con el que nos compromete el argumento ofrecido” (2003: 91). Podemos decir
por ello que hay tres maneras principales de atacar un argumento: cuestionando
alguna de sus premisas, cuestionando su garantía o cuestionando su conclusión.
Contraargumentar no es simplemente cuestionar alguno de los
componentes de un argumento, sino dar razones para rechazar su pretendida
validez. Así, se puede argumentar que alguna de las premisas no es verdadera,
que la garantía no es válida o que no es aplicable al caso considerado, o que
la conclusión es falsa. En consonancia, distinguiré tres tipos [54] principales
de contraargumentos, que llamaré respectivamente objeción, recusación y
refutación.
Objeción
Un argumento
A es una objeción a un argumento A’ cuando su conclusión es incompatible con
alguna de las premisas de A’. Es decir, por objeción
se entiende un argumento que concluye que las premisas de otro argumento son
falsas o dudosas. Así sucede, por ejemplo, cuando la conclusión de A es
contraria o contradictoria con alguna de las premisas de A’. El efecto de una
objeción es dejar en suspenso la conclusión del argumento criticado.
Recusación
Se pueden
distinguir tres variedades de la recusación. En una recusación de principio se alega que la garantía aducida no es una
regla válida, y por tanto el paso de las premisas a la conclusión no está
justificado. En una excepción se
arguye que aunque la garantía aducida es una regla válida, no se aplica en ese
caso porque concurre alguna circunstancia excepcional. Finalmente, en una reserva se identifican circunstancias en
las que la inferencia es cuestionable, razones para dudar de su oportunidad.
Recusación |
Contenido |
Efecto |
De principio |
La garantía es
inválida. |
No se puede inferir C de A. |
Excepción |
La garantía no es aplicable. |
No se puede inferir C de A. |
Reserva |
La garantía podría no ser aplicable al caso. |
Se puede inferir C de A con reservas. |
Refutación
Distinguiré
también tres formas de refutación, asociándolas con las frases A pero B, A aunque B, y A pero también
B.
Cuando
alguien dice A pero B, a menudo da a
entender lo siguiente: (1) que acepta A, (2) que acepta B, (3) que A es una razón
para C, (4) que B es una razón para una conclusión C’ incompatible con C, y (5)
que, en esa situación, B es una razón de más peso que A. De esta manera, al
decir A pero B se invita al
destinario a inferir C’. Cuando suceda así, diré que el argumento B por tanto C’ es una refutación contradicente
del argumento A por tanto C.
Adviértase que en una refutación no se llega a la conclusión C’ directamente
desde B, sino a través de una ponderación de razones opuestas. Por eso la
refutación comporta siempre un ejercicio de ponderación. Por ponderación hay
que entender la acción de sopesar o determinar el peso relativo de dos
argumentos.
Lo
que diferencia al conector aunque del
conector pero es justamente la
ponderación sugerida. Si pero
presenta al segundo término como una razón más fuerte, aunque sirve para marcar el término más débil. Cuando alguien dice A aunque B suele dar a entender que B es
insuficiente para rebatir el argumento A
por tanto C, de manera que la conclusión, tras la ponderación de A y B, sigue
siendo C. Algunos piensan que aunque el contraargumento B por tanto C’ no tiene la fuerza requerida para rebatir al
argumento A por tanto C, lo debilita
en algún sentido. Estaríamos entonces ante lo que Pollock
(2010: 11-12) llama un “atenuante” (diminisher).
Al decir A pero también B se adquieren
compromisos similares a los de los dos casos anteriores, pero se da a entender
que las razones opuestas aducidas tienen el mismo o parecido peso. Si es una
respuesta al argumento A por tanto C,
A pero también B busca dejar en
suspenso la inferencia de C a partir de A. Hablaré por ello de refutación invalidante.
Refutación |
Expresión típica |
Efecto |
Contradicente |
A pero B |
Se puede inferir no C de B. |
Invalidante |
A pero también B |
No se puede inferir C de A. |
Atenuante |
A aunque
B |
Pese a todo, se puede inferir C de A. |
[55]
Algunos ejemplos
Objeción
(1) El
paciente presenta una infección por estreptococos; por tanto, se le debe tratar
con penicilina.
CA. El diagnóstico
de infección se basa sólo en los síntomas, y no se han hecho pruebas clínicas.
Recusación
de principio
(1) Puesto
que quieres vivir bien, debes ir a la universidad, porque estudiar en la
universidad propicia mejores ingresos.
CA. Quienes
han ido a la universidad suelen ganar más dinero porque ya eran ricos o porque
son más inteligentes.
Recusación
por excepción
(1) Las
encuestas dan una ligera ventaja al candidato A frente al candidato B, así que
probablemente A ganará.
CA. La
ventaja de A sobre B está por debajo de su margen de error de las encuestas.
Reserva
(1) Con la
caída de la libra, para españoles, portugueses, polacos o griegos, será más
rentable emigrar a Alemania, por ejemplo, que al Reino Unido.
CA. A menos
que las empresas británicas suban los salarios para no perder mano de obra.
Refutación contradicente
(1) El
paciente presenta una infección por estreptococos; por tanto, se le debe tratar
con penicilina
CA. Pero el
paciente es alérgico a la penicilina.
Refutación invalidante
(1) Escribir
en castellano sobre unos patrones musicales anglosajones es muy difícil y
requiere su técnica; por tanto, es mejor escribir canciones en inglés.
CA. Pero
también es verdad que cantar en inglés te aleja del público.
Refutación
atenuante
(1) El
sistema sanitario mexicano es socialmente injusto. A principios del siglo XXI,
con una economía dominada por el sector informal, el gasto público en salud
para la población asegurada era más del doble del gasto para la población no
asegurada.
CA. Aunque
hay que reconocer que ese desequilibrio se ha atenuado con la implantación en
2004 del Sistema de Protección Social de la Salud.
Otras clasificaciones
Blair y
Johnson (1987) clasifican los contraargumentos partiendo del criterio RSA (Relevance, Sufficiency, Adequacy) de buen
argumento: un argumento es compelente (cogent) si y sólo
si sus premisas son aceptables, son relevantes para la conclusión y le brindan
un apoyo suficiente. Por tanto, se puede argumentar que un argumento no es compelente porque las premisas no son aceptables, o porque
el paso de las premisas a la conclusión es problemático. A su vez, el paso de
las premisas a la conclusión puede ser problemático porque la razón aducida sea
irrelevante (es decir, no sea realmente una razón), o porque sea una razón
demasiado débil.
El examen de
los procedimientos contraargumentativos en los
diálogos polémicos lleva a Apothéloz, Brandt y Quiroz a proponer una clasificación cuatripartita.
1) Contraargumentos
de plausibilidad: cuestionan la plausibilidad de alguna de las premisas.
2) Contraargumentos
de completitud: aducen una razón para una conclusión incompatible con la
conclusión propuesta, presentándola como más fuerte que la razón dada para
esta.
3) Contraargumentos
de relevancia: cuestionan que realmente se haya presentado una razón para la
tesis propuesta.
4) Contraargumentos
de orientación: se alega que en realidad se debe inferir de las premisas una
conclusión incompatible con la conclusión propuesta. Lo que se hace, pues, es
redargüir: convertir el argumento contra quien lo hace (DLE).
[56]
El orden de la contraargumentación
La contraargumentación sigue un procedimiento que busca la
mayor efectividad al menor coste cognoscitivo. Por eso la objeción tiene
prioridad sobre la recusación; y estas, sobre la refutación.
La
refutación puede desembocar en un costoso procedimiento de ponderación de
razones de resultado incierto. No en vano decía Leibniz que la posesión de una
balanza de razones es “un arte mayor que la fantástica ciencia de conseguir
oro”. La objeción y la recusación no requieren en principio de la ponderación
de razones.
Para
comprender por qué la recusación es una estrategia más costosa que la objeción
hay que reflexionar sobre las diferentes funciones de las premisas y de la
garantía. Las premisas se presentan como datos, mientras que las garantías son
reglas. En consonancia, las premisas son evaluadas como verdaderas o falsas,
aceptables o inaceptables, etc. mientras que las garantías se evalúan como más
o menos fiables, más o menos generales, etc. Toulmin
(2003: 98) diferencia los dos usos que pueden hacerse de un enunciado general
como “Los filósofos en la plenitud de su carrera son solteros”[4]:
• Como dato, y
entonces puede parafrasearse como “Hemos observado que, cuando están en la
plenitud de su carrera, los filósofos están solteros”.
• Como
garantía, y entonces puede parafrasearse como “Si un filósofo está en la
plenitud de su carrera, podemos inferir que está soltero”.
Demostrar
la falsedad de un enunciado universal es más sencillo que demostrar que no es
una guía inferencial fiable aunque no sea más que
porque un enunciado falso lo es en cualquier circunstancia, mientras que una
guía inferencial puede ser fiable en determinadas circunstancias
y no en otras.
Un efecto
pragmático que confirma lo dicho es que si alguien intenta directamente recusar
o refutar un argumento, puede entenderse que acepta sus premisas. Eso explica
el efecto cómico de la noticia siguiente:
El rector de
la Universidad de Panamá (UP), Gustavo García de Paredes y el secretario
General, Miguel Ángel Candanedo, firmaron los
diplomas de 10 egresados del Centro Regional Universitario de Bocas del Toro
(CRUBO); sin embargo, el decano de la facultad de Medicina, Enrique Mendoza,
no. […] Son ocho técnicos en Urgencias Médicas y dos licenciados en Salud
Ocupacional que, luego de cursar estudios por tres y cinco años,
respectivamente, y de obtener sus títulos en una extensión de la UP, no son
reconocidos como profesionales por el decano de Medicina […].
El secretario
general explicó a El Siglo que en las
reuniones que han sostenido con Mendoza, él ha señalado que no tiene garantías
ni seguridad de que la calidad de los profesionales que se están formando en el
CRUBO sea la indicada. No obstante, Candanedo reitera
que esa no es una razón de peso.
García de
Paredes manifestó que los estudiantes han cumplido con todos los requisitos
para graduarse, y que es Mendoza quien se niega a dar su aprobación (Peña:
2015).
Cuando
el Secretario General de la UP dice que la razón aducida por el Decano de
Medicina “no es una razón de peso”, parece aceptar que no hay garantías ni
seguridad de que los profesionales formados en el CRUBO tengan una formación
adecuada, aunque de ahí no se sigue que deban negárseles sus títulos.
[57]
Bibliografía
Blair, J. A.
y R. H. Johnson (1987). Argumentation as Dialectical. Argumentation, 1, 41-56.
Doury, M.
(2016).
Argumentation. Analyser textes et discours.
París:
Armand Colin.
Finocchiaro, M. A. (2003). Dialectics, Evaluation and Argument. Informal Logic, 23(1), 19-49.
Johnson, R. H. (2000). Manifest rationality. A Pragmatic Theory of Argument.
Mahwah, NJ: Lawrence Erlbaum Associates.
Marraud, H. (2015). Do Arguers
Dream of Logical Standards? Arguers’ dialectic vs. Arguments’ dialectic. Revista Iberoamericana de Argumentación,
10, 1-18.
Peña, J. (2015, 26 de
octubre). Decano de Medicina se empeña en no firmar títulos. El Siglo. Recuperado de:
http://elsiglo.com.pa/panama/decano-medicina-empena-firmar-titulos/23900162
Pollock, J. L. (2010). Defeasible
Reasoning and Degrees of Justification. Argument
& Computation, 1(1), 7-22.
Quiroz, G., D. Apothéloz y P. y Brandt (1992). “How Counter-argumentation
Works”. En F. H. van Eemeren et al. (eds.). Argumentation Illuminated (pp. 172-177). Amsterdam: SicSat.
Riffard, P. A. (2008). Filósofos: vida íntima. Valencia: Editorial Diálogo.
Toulmin, S. E. (2003). The Uses of Argument.
Nueva York: Cambridge University Press.
Wenzel, J. (2006 [1990]): “Three
Perspectives on Argument. Rhetoric, Dialectic, Logic”. En R. Trapp y J. H. Schuetz (eds.). Perspectives on Argumentation: Essays in
Honor of Wayne Brockriede (pp. 9-26). Nueva York:
Idebate Press.
[1] Esta investigación forma parte del proyecto
“La construcción de agentes argumentativos en las prácticas del discurso
público” (FFI2014-53164-P). Agradezco a los revisores sus sugerencias, que han
contribuido a aclarar y precisar algunos pasajes del artículo.
[2] Sobre los dos sentidos de dialéctica, véase Marraud (2015).
[3] Finocchiaro (2003)
opone las definiciones ilativas a las dialécticas, y clasifica estas en
moderadas, fuertes e hiperdialécticas.
[4] Según Pierre Riffard,
en el momento de escribir su obra maestra, el 70% de los filósofos eran
solteros.